Normas de Publicación

Como regla básica, y tal como se específica en las Condiciones de Uso de Anunciorama, los anuncios tienen que respetar las leyes y cualesquiera otras normas del ordenamiento jurídico aplicable, las buenas costumbres y el orden público.

Más allá los anunciantes tienen que respetar las Normas Generales de Publicación, así como las Normas Específicas de la Categoría en la que se publica un anuncio determinado.

Es importante tener en cuenta que las reglas se actualizan con frecuencia y por lo tanto cambian con el tiempo. Anunciorama se reserva el derecho de decidir cuándo un anuncio va contra las normas y el espíritu del Portal y, por lo tanto, cuándo es necesario eliminarlo del sitio. Cualquier anuncio o usuario que no convenga con las Condiciones de Uso o las Reglas de Publicación será eliminado y bloqueado de la página.

Como norma general se entenderá como no aceptable cualquier uso de Anunciorama que perjudique o moleste a los otros usuarios que utilizan el portal.

Las facultades de Anunciorama descritas en este punto serán notificadas al anunciante usuario profesional, de acuerdo con lo previsto en las Condiciones Específicas aplicables a Clientes considerados “usuario profesional”, a efectos de posibilitar el uso del canal interno de reclamaciones y mediación de Anunciorama.

1. Normas generales de publicación

Todos los anuncios que no cumplan con estos requisitos, se eliminarán sin previo aviso al propietario.

  1. Es necesario completar todos los campos obligatorios del formulario PUBLICAR ANUNCIO.
  2. Hay que respetar las categorías y las secciones (demanda vs. oferta).
  3. No está permitido publicar un anuncio idéntico o similar a otro ya publicado.
  4. No está permitido utilizar correos ficticios para publicar un anuncio.
  5. No está permitido poner una región y el prefijo del teléfono que no coincida (Ejemplo: Barcelona y +22)
  6. No está permitido escribir el anuncio en mayúsculas.
  7. No está permitido publicar servicios de publicación de anuncios.
  8. No está permitido anunciar algo genérico, se debe de rellenar un título relacionado con el artículo y una descripción del mismo.
  9. No está permitido utilizar palabras clave no relacionados al anuncio («Keyword Spamming»).
  10. No está permitido utilizar sistemas o herramientas para la publicación o renovación masiva y/o automática de anuncios, sin el previo consentimiento escrito por Anunciorama.
  11. No está permitido copiar, procesar o distribuir el texto y/o las fotos o imágenes de terceros sin su previa autorización.
  12. No está permitido incluir el número de teléfono o el correo electrónico fuera de los campos explícitamente previstos para incluir esta información o URL en el campo nombre del formulario PUBLICAR ANUNCIO.
  13. No está permitido publicar anuncios con contenido erótico, sexual o pornográfico.
  14. No está permitida la publicación de números de tarificación especial (905, 806, etc) en ninguna categoría fuera de la sección de Videntes
  15. En anuncios válidos para toda España, se tiene que indicar la localidad en la que se encuentra el producto, el inmueble, el empleo etc.
  16. Un trueque se tiene que anunciar en la categoría del artículo o servicio del que dispone el anunciante.
  17. No está permitido anunciar servicios de videncia fuera de la categoría Videntes.
  18. No está permitido poner un precio ficticio para mejorar las posiciones en las búsquedas.
  19. No está permitido publicar anuncios que promocionen negocios que de algún modo puedan ser competidores de Anunciorama.
  20. No está permitido escribir los anuncios en otro idioma que no sea el Español.
  21. Con carácter general, y de conformidad con la Ley Orgánica 10/2022, de garantía integral de la libertad sexual, queda expresamente prohibida la publicación de anuncios que atenten contra la dignidad de las personas o vulneren derechos reconocidos en la Constitución Española así como los derechos humanos internacionalmente reconocidos. En este sentido, se prohíbe (a modo indicativo pero no limitativo a) la publicación de anuncios que: lleven implícito o explícito mensajes, conductas y/o servicios que sean discriminatorios o puedan revestir de carácter discriminatorio en contra de un grupo de personas y/o colectivo por razón de su raza, sexo, religión o cualquier otra circunstancia personal o social; (ii) utilicen estereotipos de género que fomenten o normalicen las violencias sexuales contra las mujeres y/o presenten a las mujeres de forma vejatoria, ya sea utilizando particular y directamente su cuerpo o partes del mismo como mero objeto desvinculado del producto que se pretende promocionar, o bien utilizando su imagen asociada a comportamientos estereotipados; (iii) promuevan la prostitución; (iv) contribuyan a generar violencia sexual o discriminación en cualquiera de sus manifestaciones sobre menores de edad; y/o (v) fomenten estereotipos de carácter sexista, racista, estético, homofóbico, transfóbico o por razones de discapacidad.

2. Normas específicas de la categoría

1. Empleo

  1. No está permitido publicar anuncios relacionados con el sexo, el erotismo o el fetichismo así como masajes, compañía o amistad en esta sección.
  2. No está permitido anunciar esquemas piramidales o similares.
  3. No se deben anunciar ofertas de auto-empleo (autónomos, contratos mercantiles, …) o similares en esta sección. Este tipo de ofertas deben ofrecerse en la sección de «negocios». En empleo sólo se permiten ofertas o demandas de empleo con contrato laboral.
  4. No está permitido ofrecer servicios en esta sección. En OFERTAS de empleo se publican anuncios en los que el anunciante quiere contratar a alguien. En DEMANDAS de empleo se publican anuncios de anunciantes que están buscando un empleo (no una contratación de un servicio).

2. Inmobiliaria

  1. Sólo se permite anunciar un inmueble por anuncio.
  2. El inmueble tiene que anunciarse en la localidad en la que se encuentre.
  3. No se pueden buscar compañeras o compañeros para pisos relax, piso de masajes etc.
  4. Obligaciones especiales para los anunciantes de alquiler de viviendas de uso vacacional. El Propietario o gestor de la vivienda de uso vacacional:
    • Manifiesta contar con título legítimo para disponer del inmueble o en su caso autorización del mismo y con todas las licencias y autorizaciones administrativas que pudieran en su caso ser necesarias para el lícito desarrollo de la actividad.
    • Deberá publicar información cierta y exacta sobre las características del alojamiento que ofrece en el portal y se compromete a mantenerla actualizada.
    • Será responsable de la información publicada u omitida, así como de los contenidos por él publicados.
  5. El real decreto 390/2021 de 1 de junio, por el que se aprueba el procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios, establece la obligación de que todo anunciante que publique anuncios sobre la venta o alquiler (incluido el alquiler vacacional) de un edificio o parte del mismo, está obligada a incluir en dicho anuncio la información relativa a su calificación de eficiencia energética, de acuerdo con lo dispuesto en el correspondiente documento reconocido. Por lo tanto, en Anunciorama hemos habilitado un campo para que cumplas dicha obligación e informes de la etiqueta de eficiencia energética. Más información aquí.

3. Motor

  1. Las categorías de coches, coches clásicos, todoterrenos, coches sin carnet, furgonetas, camiones, autobuses y motos están reservadas exclusivamente para vehículos y no se pueden anunciar en ellas servicios, partes, accesorios o similar.
  2. No está permitido publicar fotos de un vehículo que no sea el vehículo en venta.
  3. Se entenderá que un vendedor es profesional siempre que se identifique como tal o que tenga más de tres anuncios activos de coches en el mismo momento.
  4. Si tienes publicados 3 o más coches, la gestión de los mismos no se podrá realizar directamente desde Anunciorama.
  5. En las categorías de Motos, Caravanas, Autocaravanas, Maquinaria, Camiones, Furgonetas y Autobuses si tienes publicados 3 o más anuncios, la gestión de los mismos se deberá hacer a través de nuestra herramienta profesional. En caso de no adecuarse al cambio mencionado, el Portal se reserva la facultad de poder bloquear y/o borrar tus anuncios en la categoría coches. En tal caso, serán de aplicación las regulaciones contenidas en la Condiciones Específicas aplicables a Clientes considerados usuario profesional, en el sentido de que se notificará el bloqueo y/o borrado de anuncios y las causas que lo justifican.

4. Mascotas

  1. En Anunciorama solo se permite que publiquen anuncios de venta de mascotas aquellos vendedores que sean centros autorizados y registrados de acuerdo con la normativa legal vigente. Además, en las categorías que lo requieran se debe disponer del correspondiente número de núcleo zoológico y la publicación de anuncios deberá realizarse a través de la herramienta de Anunciorama PRO.
  2. Se debe aportar determinada documentación del anunciante para poder publicar en esta categoría (como por ejemplo el CIF – NIF; núcleo zoológico, entre otros) para el control del fraude y seguridad en las transacciones.
  3. Hay datos agregados y estadísticos (en ningún caso datos personales identificativos) relativos a los anuncios de esta categoría que podrán ser compartidos con organismos y autoridades públicas con el objetivo de garantizar los derechos de los animales.
  4. El Portal se reserva la facultad de poder bloquear y/o borrar tus anuncios de la categoría de mascotas si no se cumple cualquiera de estas normas específicas de la categoría. En tal caso, serán de aplicación las regulaciones contenidas en la Condiciones Específicas aplicables a Clientes considerados usuario profesional, en el sentido de que se notificará el bloqueo y/o borrado de anuncios y las causas que lo justifican.
  5. La posesión, adquisición, venta y/o captura de muchas especies de animales está sujeta a leyes o normas del ordenamiento jurídico específicos. A título enunciativo, y en ningún caso limitativo o excluyente, queremos llamar atención a las siguientes normas con las que tiene que cumplir el anunciante:
    • Real Decreto 139/2011, de 4 de febrero, para el desarrollo del Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial y del Catálogo Español de Especies Amenazadas.
    • Real Decreto 630/2013, de 2 de agosto, por el que se regula el Catálogo español de especies exóticas invasoras.
    • Ley 8/2003, de 28 de octubre, de la Flora y la Fauna Silvestre.
    • Decreto Legislativo 2/2008, de 15 de abril, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de Protección de los Animales.
    • Real Decreto 287/2002, del 22 de marzo por el que se desarrolla la Ley 50/1999, de 23 de diciembre, sobre el régimen jurídico de la tenencia de animales potencialmente peligrosos.
  6. También hay que tener en cuenta que puedan existir leyes y normativas específicas a nivel de las comunidades autónomas que hay que cumplir, como por ejemplo la orden de 28 de noviembre de 1988, de creación del Registro de Núcleos Zoológicos de Cataluña (DOGC 1087 de 30/12/1988) o el Decreto 158/1996, de 13 de agosto, del Consell, en el que se creó el Registro de Núcleos Zoológicos de la Comunitat Valenciana como instrumento para la declaración como núcleo zoológico de los establecimientos considerados como tal.

En este sentido, en algunas Comunidades Autónomas, como el caso de Cataluña o la Comunidad Valenciana, para vender o realizar donaciones de animales por medio de revistas de reclamo o publicaciones asimiladas, debe incluirse el número de registro de núcleo zoológico.

5. Masajistas

  1. No está permitido publicar imágenes en esta categoría.
  2. No está permitido la publicación de textos que puedan sugerir servicios sexuales o eróticos.

Las cuentas que publiquen anuncios que infrinjan estas normas, podrían ser bloqueadas de forma permanente.

Adicionalmente, serán de aplicación las regulaciones contenidas en la Condiciones Específicas aplicables a Clientes considerados usuario profesional, en el sentido de que se notificará el bloqueo y/o borrado de anuncios y las causas que lo justifican.

6. Piezas o componentes de vehículos (recambios)

Queda prohibida la publicación por particulares de anuncios de recambios de piezas de vehículos de segunda mano. De acuerdo con la normativa vigente el único autorizado para extraer piezas de un vehículo para reutilizarla y comercializarla son los centros autorizados para el tratamiento de los vehículos al final de su vida útil (CAT), que expedirán un certificado por cada pieza que pueda volver a ser introducida en el mercado. Por lo anterior, serán de aplicación adicional las regulaciones contenidas en la Condiciones Específicas aplicables a Clientes considerados usuario profesional.

La publicación de anuncios de recambios de piezas de vehículos de segunda mano por parte de los centros CAT se realizará a través del servicio “Carga Click”, en colaboración con Azeler, portal europeo de recambios y repuestos para coches, camiones y motos.

Los particulares podrán publicar anuncios sobre accesorios de vehículos, con un límite máximo de 10 anuncios por usuario. Se entenderá por accesorios de vehículos cualquier elemento u objeto que no realice una función básica y/o indispensable del vehículo.»

7. Negocios

Las subcategorías dentro del apartado de Mobiliario (de oficina, comercial, de hostelería, de peluquería, etc.) están reservadas para vendedores profesionales de mobiliario. Se entenderá por vendedor profesional aquella persona física o jurídica que actúa dentro del ámbito de su actividad profesional en la venta de mobiliario o que tenga tres (3) o más anuncios activos a la vez, dentro del apartado «Mobiliario». Si tienes publicados o quieres publicar tres (3) o más anuncios en la categoría de «Mobiliario», la gestión y publicación de los mismos se deberá realizar a través de la herramienta profesional Anunciorama PRO. El Portal se reserva la facultad de poder bloquear y/o borrar aquellos anuncios en la categoría de Mobiliario que no cumplan con lo previsto en este apartado con la finalidad de mantener la calidad de este contenido. En tal caso, serán de aplicación las regulaciones contenidas en la Condiciones Específicas aplicables a Clientes considerados usuario profesional, en el sentido de que se notificará el bloqueo y/o borrado de anuncios y las causas que lo justifican.»

8. Aficiones y Ocio

Si tienes publicados o quieres publicar tres (3) o más anuncios en la categoría de «Caza y Pesca», en algunas de ellas, la gestión y publicación de los mismos se deberá realizar a través de la herramienta profesional Anunciorama PRO.

Asimismo, únicamente se permitirá la publicación de anuncios de venta de escopetas o armas de caza a aquellos que, de acuerdo con la normativa legal vigente (Real Decreto 137/1993, de 29 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Armas), están autorizados para la publicidad y venta de armas (armerías u otros establecimientos). Anunciorama podrá realizar las comprobaciones oportunas para comprobar la validez de dichas autorizaciones.

El Portal se reserva la facultad de poder bloquear y/o borrar aquellos anuncios en la categoría de Aficiones y Ocio que no cumplan con lo previsto en este apartado con la finalidad de mantener la calidad de este contenido. En tal caso, serán de aplicación las regulaciones contenidas en la Condiciones Específicas aplicables a Clientes considerados usuario profesional, en el sentido de que se notificará el bloqueo y/o borrado de anuncios y las causas que lo justifican.»

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